MADRID- La inclusión de la enseñanza de la religión católica en todos los centros de educación, «en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales» y en un régimen «de seguimiento libre» por parte de los alumnos, es plenamente legal y en ningún caso vulnera el principio de aconfesionalidad del Estado. Así lo ha determinado el Tribunal Supremo en una sentencia en la que rechaza el recurso interpuesto por Izquierda Republicana contra la regulación de la enseñanza de religión que figura en el Real Decreto de 2006, que fija los contenidos mínimos del segundo ciclo de educación infantil. Además, ese partido solicitaba también que el Supremo plantease una cuestión de inconstitucionalidad respecto al Acuerdo firmado en 1979 entre España y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, petición que ha sido igualmente rechazada. NOTICIA COMPLETA EN LA RAZÓN.
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miércoles, 4 de febrero de 2009
El TS avala la enseñanza de la religión en «condiciones equiparables» al resto
4 Febrero 09 - F. Velasco
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